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» El Gobierno creará un registro público con toda la información de los centros sanitarios autorizados.
Esta noticia se publicó el 13 de July de 2004 y está archivada en La Rioja.

El Ejecutivo regional ha aprobado el Decreto que regula los requisitos que deben cumplir los centros, servicios y establecimientos sanitarios.

El Gobierno de La Rioja creará un registro público que recogerá toda la información de los centros, servicios y establecimientos sanitarios que estén autorizados y controlará la publicidad y promoción comercial de los mismos para proporcionar toda la información necesaria al ciudadano, asegurar que ésta es verídica y evitar el intrusismo profesional. El registro, donde se podrá encontrar la denominación, el tipo y la titularidad de cada centro, el nombre del médico o técnico sanitario responsable y su oferta asistencial, será actualizado conforme se otorguen autorizaciones.

Así lo contempla el nuevo Decreto que establece el régimen jurídico y el procedimiento a seguir para obtener las autorizaciones administrativas necesarias para la instalación, funcionamiento, modificación o cierre de los centros, servicios y establecimientos sanitarios de cualquier clase, públicos y privados, aprobado por el Ejecutivo regional en su última reunión.

El objetivo de esta norma, que deroga el Decreto 5/1992, de 6 de febrero, sobre registro, catalogación e inspección de centros, servicios y establecimientos sanitarios, es garantizar que dichos centros cumplen unos requisitos mínimos y ofrecen unos servicios de calidad al usuario, así como avalar la seguridad y la salud de las personas que demandan estos servicios.

El Decreto afecta, por tanto, a todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios, públicos y privados, que deberán obtener la autorización correspondiente para realizar su actividad (tanto los de nueva creación como los que están en funcionamiento) y someterse, en cualquier momento, al control, inspección y evaluación de los requisitos establecidos por el Gobierno de La Rioja.

Los requisitos mínimos que deben cumplir los centros, servicios o establecimientos sanitarios sin internamiento se refieren a los espacios físicos, al equipamiento y material, a la documentación clínica y a las condiciones higiénico-sanitarias necesarias.

Respecto a los espacios físicos, los locales destinados a estas actividades deberán contar con áreas diferenciadas de recepción y sala de espera, área clínica de consulta (que contará con la ventilación, la iluminación pertinente y las condiciones necesarias en suelos, paredes, revestimientos y lavamanos), área de aseos y área de instalaciones para los equipos.

El equipamiento será el adecuado para las actividades de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación que realicen, y en todos existirá como mínimo un equipo de reanimación cardiopulmonar básico.

Asimismo, los centros deberán realizar una historia clínica individual por paciente, donde quede constancia de la información obtenida en todos sus procesos asistenciales. En este sentido, se adoptarán las medidas precisas para garantizar la confidencialidad y la integridad de toda documentación clínica, según lo exige la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Por último, el Decreto exige que los equipos, superficies de trabajo, paredes, suelos y el conjunto de las instalaciones en general se mantengan en buenas condiciones de limpieza y desinfección. Cuando la actividad lo requiera, se utilizarán los elementos de protección personal para los profesionales y los pacientes. Igualmente, el material de uso único deberá desecharse después de la atención a cada paciente.

Convenio para fomentar la investigación y formación en Salud

Por otro lado, el consejero de Salud, Pedro Soto, ha informado al Consejo de Gobierno sobre el convenio de colaboración que se suscribirá con la Universidad de La Rioja para fomentar la investigación y la formación de personal, así como para desarrollar las nuevas tecnologías, en materias relacionadas con las Ciencias de la Salud.

El convenio establece que la Consejería determinará las necesidades de formación continua del personal en Ciencias de la Salud, marcar las líneas de prevención sanitaria, implantar y desarrollar las nuevas tecnologías y realizar trabajos de investigación aplicada a las ciencias de la salud.

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