El Consejo de Salud de Zona estará compuesto por un coordinador y cuatro miembros del equipo de Atención Primaria, y el Consejo de Salud de Área tendrá 20 miembros, la mitad del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
El Médico Interactivo, El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias ha aprobado los decretos que regulan la constitución y el funcionamiento de los Consejos de Salud de zona y de área en el ámbito de la Atención Primaria. La Consejería de Salud asegura que de esta forma pretende impulsa los Consejos de Salud como instrumentos para canalizar las opiniones, inquietudes y demandas de los ciudadanos y los profesionales.
Por una parte, el Consejo de Salud de zona es el órgano de participación comunitaria en el que se informará sobre los programas de salud y las actividades sanitarias que realizan los equipos de Atención Primaria. Entre sus funciones cabe destacar también la de contribuir a la elaboración del diagnóstico de la situación de salud de la zona, colaborar en la determinación de problemas prioritarios de salud y en la detección de necesidades específicas, servir de foro para elaborar programas de salud, contribuir al desarrollo y ejecución de iniciativas relacionadas con la información sanitaria y evaluar la situación de los recursos.
Los Consejos de Salud de Zona, que se reunirán al menos una vez cada tres meses, estarán compuestos por el coordinador y cuatro miembros del equipo de Atención Primaria, un representantes de los farmacéuticos y otro de cada uno de los ayuntamientos que constituyan la zona de salud, además de miembros de asociaciones de enfermos, de vecinos, de mujeres, de personas mayores, de jóvenes, consejos escolares y centrales sindicales.
Los Consejos de Salud de Área ejercerán funciones muy similares al Consejo de Salud de Zona, aunque su ámbito de actuación será mayor. Así, habrá uno por cada una de las ocho áreas sanitarias en las que está dividido el Principado. El órgano estará constituido por veinte miembros, diez de ellos en representación de la población del área (seis designados a propuesta de las corporaciones locales a través de la Federación Asturiana de Concejos y cuatro nombrados a propuesta de las asociaciones ciudadanas) y los otros diez en representación del Servicio de Salud del Principado de Asturias.