Los profesionales «recetarán» analgésicos o medicinas antitabaco, pero no anticonceptivos ni vacunas
El Ministerio ya tiene un documento en el que se detallan las medicinas y productos sanitarios de «prescripción» enfermera.
La Razon Digital.- A los enfermeros les queda un mes para poder prescribir medicamentos de forma legal. El Ministerio de Sanidad ya tiene listo un documento en el que recoge los fármacos y productos sanitarios a los que estos profesionales tendrán acceso. En concreto, serán 21 tipos de medicamentos y 25 de productos sanitarios. Eso sí, lo que harán no se llamará «prescripción», sino «uso o autorización». Sanidad evita así uno de los principales escollos con los médicos.
El documento, al que ha tenido acceso este periódico, fue votado ayer por la Comisión de Farmacia del Sistema Nacional de Salud. El mismo texto, a falta de recoger modificaciones de última hora, se presentará a las comunidades autónomas en la reunión del Consejo Interterritorial, el próximo 11 de diciembre, para recibir el visto bueno y, después, publicarse, probablemente como orden ministerial. Con el documento también podrán autorizar fármacos los podólogos dentro de su ámbito de competencia.
Lista reducida
Pese a la novedad -es la primera vez que se establece un catálogo de fármacos que los enfermeros pueden «recetar» a nivel estatal-, el documento sólo recoge una lista reducida de medicamentos, muchos de ellos especialidades farmacéuticas publicitarias (fármacos que no necesitan receta en la farmacia). De este modo, los enfermeros podrán autorizar el uso de antiácidos, laxantes, analgésicos como aspirina y paracetamol, antiinflamatorios y también fármacos para dejar de fumar. En cuanto a los productos sanitarios, en su mayor parte ya los emplean en la actualidad. Entre ellos se encuentran apósitos, sondas y aparatos de inhalación.
Quedan fuera de la lista otros medicamentos incluidos en textos similares elaborados en comunidades autónomas como Andalucía y Cantabria, en los que se ha inspirado la propuesta del Ministerio. La coordinadora del grupo de trabajo, de hecho, ha sido la misma que elaboró el documento cántabro, la farmacóloga África Mediavilla. Sin embargo, en el texto del Ministerio se han quedado fuera medicamentos como los anticonceptivos de emergencia (la «píldora del día después») o vacunas como la de la gripe, que los enfermeros aseguran que ya «prescriben» de hecho en muchas ocasiones.
En los casos en los que sí puedan prescribir fármacos, los enfermeros lo harán de dos modos: el primero, «con base en una prescripción médica individualizada y para el seguimiento de tratamientos que se establezcan en colaboración con los médicos» (prescripción colaborativa). En segundo lugar, podrán hacerlos «mediante la aplicación de lo dispuesto en protocolos institucionalizados o planes de cuidados estandarizados» (prescripción estandarizada).
La prudencia del documento responde a un intento de Sanidad por contentar a los dos principales sectores implicados, la Organización Médica Colegial (OMC), y la de Enfermería. Los primeros se han manifestado en contra de la denominada «prescripción enfermera» y se amparan en la Ley del Medicamento. Esta norma sostiene que el médico y el odontólogo son los «únicos profesionales con facultad para ordenar la prescripción».
Los enfermeros, por su parte, argumentan que, con esta normativa, su práctica diaria, en la que aseguran que se ven obligados a «prescribir» fármacos queda fuera de la legalidad y que es necesario buscar una solución intermedia.