Tribuna. Los autores muestran su apoyo al documento de trabajo presentado por el colectivo enfermero y que favorece la legalización de la práctica habitual que este personal viene desarrollando desde hace años en el tratamiento farmacológico de los pacientes.
El debate sobre lo que se ha denominado prescripción enfermera vuelve a estar de plena actualidad. El pasado 9 de mayo, la Federación de Asociaciones Científico Médicas de España (Facme) desarrolló en Madrid sus V Jornadas Científicas sobre el Papel de otros profesionales sanitarios en la prescripción, escenario en el que se debatió ampliamente el desarrollo de la disposición adicional duodécima de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos, así como otros temas relacionados con la ley.
En esta jornada, en la que participaron principales responsables de la Administración central, la profesión y las sociedades científicas, se debatió el documento presentado por la Consejería de Sanidad de Cantabria sobre prescripción enfermera, texto que ha sido utilizado junto con otros materiales aportados por otras autonomías y entidades para elaborar el documento de la Comisión Permanente de la Comisión de Farmacia del Consejo Interterritorial, conocido la pasada semana.La postura de Facme es muy clara en este sentido y ya ha manifestado su apoyo a este documento de trabajo, aplicable a otras comunidades autónomas, el cual favorece la legalización de la práctica habitual que el personal de enfermería viene desarrollando desde hace años en el tratamiento farmacológico de los pacientes, tanto en el ámbito de la atención primaria como en el hospitalario.
Este documento contempla la autorización del uso de medicamentos en el paciente agudo, dentro de programas o protocolos ampliamente sustentados por la literatura científica y consensuados entre los profesionales con un claro enfoque multidisciplinar. El tratamiento del dolor postoperatorio constituye un buen ejemplo de esto.
Cuestión de receta
Por otra parte, la prescripción de medicamentos por el profesional de enfermería podría hacerse de forma autónoma en el tratamiento de situaciones o condiciones clínicas leves como catarros, resfriados o síntomas leves gastrointestinales, entre otros.
Debe quedar claro que éstos no requieren receta médica para su dispensación en cualquier oficina de farmacia y, por tanto, parece más seguro su uso si está avalado por un profesional cualificado que advierta también de posibles complicaciones, analice las limitaciones en una patología o situación concreta (ancianos, pacientes polimedicados, embarazadas ) y evite la automedicación, que es una causa frecuente de problemas. Los tratamientos crónicos son el otro gran eje sobre el que pivota la tarea asistencial clínica desde la consulta, tanto en el primer nivel asistencial como en especializada.
Tras 25 años de desarrollo del modelo actual de atención primaria, basado en equipos de trabajo multidisciplinares, programas preventivos, protocolos y una cartera de servicios bien definida, a nadie le queda duda sobre el papel que desempeña la enfermera en la atención al paciente crónico o a las personas que presentan determinados factores de riesgo, que acuden periódicamente al centro de salud.
Parece una pérdida de tiempo innecesaria para profesionales y pacientes que haya que pasar por la firma del médico cada día cientos de recetas con la única finalidad de obtener su reembolso a través de la farmacia, los medicamentos previamente prescritos por él en tratamientos de larga duración. En el mencionado documento se propone autorizar al personal de enfermería para que pueda solicitar la dispensación o administrar sin el requerimiento meramente burocrático de la firma del médico.
La finalidad de esta propuesta no es desplazar a otros la excesiva carga burocrática de las consultas -para eso habría que introducir otros instrumentos como recetas multiprescripción de larga duración real y la receta electrónica, aún pendientes de desarrollar-, sino que el equipo de salud asuma y comparta en su conjunto las tareas asistenciales, incluido el control y el seguimiento de los pacientes crónicos, probablemente la tarea a la que dedica más tiempo el profesional de atención primaria (enfermera o médico) desde hace décadas, cada uno desde su posición y responsabilidad, visto como una excelente ocasión para mejorar el cumplimiento, e integrar las medidas no farmacológicas (alimentación, ejercicio, etc.) que deben estar plenamente integradas en el seguimiento.
La posición de enfermería en este ámbito, así como en el desarrollo e implantación de múltiples intervenciones preventivas (educación, información, consejo y detección de factores de riesgo o de hábitos no saludables) es inequívocamente privilegiada, como profesional sanitario más cercano a las personas, pacientes y familia, en todos los ámbitos asistenciales.
La mejor y más adecuada atención al paciente con los recursos disponibles sólo es posible con la implicación de enfermería desde la prevención hasta el control de crónicos pasando por la atención urgente. Esto no es nuevo, pero sí ha llegado la hora de reconocer y de actuar, de no prolongar más esta situación anacrónica y de dar la mayor homogeneidad y cohesión a la actuación enfermera. Llámese prescripción, autorización o indicación, es hora de definir lo que debe hacerse y no dejarlo a la voluntad individual de los profesionales.
Por último, es importante subrayar que de acuerdo con lo expresado en el documento, la posibilidad de que el personal de enfermería pueda prescribir debe haber sido consensuada con el equipo de salud y en ningún caso podrá llevarse a cabo sin la aceptación expresa del médico responsable directo del paciente.
Asimismo, lejos de suponer un enfrentamiento con las diferentes organizaciones que representan al colectivo médico, esta postura pone de manifiesto una visión distinta y en todo caso complementaria, quizás más completa en nuestra opinión, pero no contrapuesta. Esta visión está planteada desde la vocación de consenso y con el objetivo primordial de mantener y mejorar la calidad de la atención prestada a nuestros pacientes y los ciudadanos en general.