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Rosa Arnal Selfa
INTRODUCCIÓN
Es a partir de 1997 cuando profesionales integrados en distintas Asociaciones Científicas de Enfermería, a nivel de Atención Primaria, deciden unirse para colaborar y aunar esfuerzos constituyéndose la Federación de Asociaciones Científicas de Enfermería ,como FAECAP y que actualmente representa a un colectivo de más de 2000 enfermeras y enfermeros que desarrollan su trabajo en distintas Comunidades Autonómicas.
Uno de los fines que la FAECAP propuso y que representa la aspiración de cada una de las 9 Asociaciones que la integran, es conseguir el desarrollo de la Especialidad de Enfermería en Salud Comunitaria creada en 1987, actualmente denominada "Especialidad de Salud Familiar y Comunitaria" .
Esta especialidad fue creada en 1987 por Real Decreto junto a otras 6 Especialidades de Enfermería pero no ha sido hasta en el 2001 y a través de la firma de un acuerdo entre la Organización Colegial de Enfermería y el Ministerio de Sanidad y Consumo, que la administración central se ha comprometido a desarrollar la totalidad de las especialidades creadas, hace ya 15 años.
En el caso concreto de la Enfermería en Salud Familiar y Comunitaria es la FAECAP la que ha participado en el Grupo de Trabajo que ha elaborado la propuesta del Programa Formativo representado a todas las Asociaciones federadas y por tanto a los intereses del colectivo de Enfermería que desarrolla su actividad profesional en el ámbito Comunitario, de la Atención Primaria y de la Salud Pública.
ESTRATEGIAS DE DESARROLLO
- En febrero de 2001, los representantes de la Organización Colegial de Enfermería a través de su Consejo General lograron impulsar el desarrollo de las Especialidades al firmar un Acuerdo Marco con el Ministerio de Sanidad y Consumo en el que se comprometía a retomarlo. Tras la firma, a partir de mayo de 2001 se cuenta con el apoyo y colaboración de las Asociaciones de Enfermería, tanto del ámbito de la Atención Primaria como Hospitalario, representadas en la Federación Española de Sociedades Científicas de Enfermería (FESCE).
- La FAECAP contribuyó y participó desde el primer momento en la constitución de FESCE, siendo elegida para ocupar su Secretaría. Iniciándose en FAECAP y por tanto en las asociaciones que la integran, un debate que ha permitido la elaboración y presentación de informes justificando la necesidad de la Especialidad y la opinión sobre el cambio en su denominación, añadiendo el término Familiar. También se elaboró un documento, que ha sido utilizado como referencia para la elaboración del Programa Formativo de la Especialidad.
- A partir de noviembre de 2001, a través de FAECAP, las Asociaciones Científicas de Enfermería han participado en el Grupo de Expertos creado por el Comité Asesor de Especialidades de Enfermería, a instancias del Ministerio de Sanidad y Consumo y del Ministerio de Educación, Ciencia y Deporte, con el objetivo de elaborar la el Programa Formativo de la Especialidad y cuyo trabajo finalizó en febrero de 2002.
- En abril de 2002, la Comisión de Educación del Congreso de los Diputados aprobó la Proposición no de Ley relativa al desarrollo definitivo de las Especialidades de Enfermería creadas por Real Decreto 990/1987. En ella se insta al Gobierno a que adopte las medidas necesarias para el desarrollo de dichas Especialidades a través del Sistema de Enfermero Interno Residente (EIR), según Orden de 24 de junio de 1998. En la Proposición no de Ley también se solicita actualizar el Catálogo de Especialidades de Enfermería, estudiando posibles cambios de denominación en alguna de ellas. Uno de estos cambios incluye la propuesta de la nueva denominación de "Salud Familiar y Comunitaria".
La exposición de motivos de la Proposición no de Ley presentada por el Grupo Popular en febrero y aprobada en abril de 2002, fueron los siguientes:
"El Real Decreto 992/1987, de 3 de julio, por el se regula la obtención del título de Enfermero Especialista, creó siete especialidades, de las cuales, pese a los catorce años transcurridos, sólo dos se han desarrollado:
La de Enfermería Obstétrico-Ginecológica, en 1992, y la de Enfermería en Salud Mental, en 1998.
Desde la promulgación del Real Decreto ha cambiado el papel del profesional de Enfermería y han aumentado las competencias asumidas en su práctica profesional, sí como los conocimientos científicos y las metodologías aplicadas a la atención de enfermería.
Todos estos cambios se han producido como respuesta a las nuevas necesidades de salud de la población, especialmente referidas a procesos demográficos y epidemiológicos, tales como el envejecimiento de la población, la aparición de nuevas enfermedades como el SIDA, el resurgimiento de otras y el aumento de estilos de vida que comportan altos riesgos para la salud.
Todo ello, nos indica que es urgente preparar enfermeros especialistas muy cualificados para la acción comunitaria en el ámbito de la atención especializada, de la salud pública, de la salud laboral, la atención domiciliaria, la atención a grupos de riesgo y a los ancianos, lo que requiere no sólo el desarrollo, sino también la ampliación del Catálogo de Especialidades de Enfermería.
Además, resulta necesario modificar el régimen transitorio para la obtención del titulo de Enfermero Especialista previsto en el Real Decreto 992/1987, ya que, al exigirse para ello el ejercicio de la profesión con carácter especializado durante cuatro años en los últimos diez, se van a producir efectos discriminatorios entre profesionales.
Por todo ello, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que adopte las medidas necesarias para el desarrollo de las especialidades de Enfermería y modifique el Real Decreto 992/1987, de 3 de julio, en los siguientes aspectos:
- — Vías transitorias de acceso a las especialidades de Enfermería, para evitar discriminaciones entre los profesionales interesados.
- — Modificación del Catálogo de Especialidades de Enfermería, ampliándolo y estudiando posibles cambios de denominación en algunas de ellas"
La Proposición no de Ley también daba respuesta a los acuerdos alcanzados en la Segunda Conferencia Ministerial de la OMS celebrada en Munich en junio de 2000, bajo el lema "Enfermeras y Matronas: una fuerza de salud". A dicha conferencia acudieron representantes de los Ministerios de Sanidad de todos los países de la Unión Europea, aprobándose la llamada "Declaración de Munich". En ella se incide, entre otros aspectos relevantes para el desarrollo de la Enfermería, en la necesidad de fomentar los programas y servicios de Enfermería centrados en la mejora de la Salud Pública, la promoción de la salud y el desarrollo comunitario, a través de la Enfermera de Salud Familiar.
También, en el marco de la política "Salud 21 para la Región Europea" aprobado por el Comité Regional de la OMS para Europa en septiembre de 1998, se pone un acento especial en la importancia de la Atención Primaria y en la responsabilidad de la Enfermera de Familia
Teniendo en cuenta las referencias anteriores, parece lógico pensar que las Administraciones Sanitarias y Educativas tanto del Gobierno Central como de cada una de las Comunidades Autónomas, adoptarán por fin las medidas necesarias para, en su ámbito de competencia, desarrollar la formación de los Especialistas de Enfermería en Salud Familiar y Comunitaria.
PROGRAMA FORMATIVO PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ENFERMERO ESPECIALISTA EN ENFERMERÍA DE SALUD FAMILIAR Y COMUNITARIA
Fué elaborado por el Grupo de Expertos entre noviembre de 2001 y febrero de 2002. En marzo de 2002 fue aprobado por el Comité Asesor de Especialidades de Enfermería e informado favorablemente por la Subsecretaría de Sanidad y Consumo, cabe destacar:
Duración del ciclo formativo.
El programa se desarrollará a lo largo de dos años, a tiempo completo. Mediante el sistema de residencia, en los términos previstos en el apartado noveno de la Orden de 24 de junio de 1988. Con un total de 3.150 horas, de las cuales 890 (28,25%) corresponden a la carga teórica y 2.260 (71,75%) a la carga práctica.
Perfil profesional.
El enfermero especialista en Enfermería de Salud Familiar y Comunitaria será el profesional legalmente habilitado para llevar a cabo con autonomía y de forma coordinada, dentro de un equipo de salud y sectores de la comunidad, las actividades para la atención de los problemas de salud del individuo, la familia o la comunidad. Con objeto de promover, proteger, prevenir, mantener y restaurar la salud, con un enfoque comunitario, intersectorial, integral e integrado, basado en la evidencia científica y mediante un proceso participativo.
La formación de este especialista se orienta hacia la profundización, ampliación y adquisición de conocimientos, habilidades, actitudes y valores sociales que le permitan actuar como especialista en la atención familiar y comunitaria. A la vez que como facilitador, cooperador, impulsor, capacitador y mediador de la salud; así como en los cambios que requiera el ejercicio profesional de la Enfermería y del sector de la Salud.
Propósito general del Programa Formativo.
Formar enfermeros especialistas en Salud Familiar y Comunitaria que por medio de acciones integradas e integrales de salud en las áreas de promoción, prevención, asistencia y rehabilitación, sean capaces de satisfacer las necesidades de salud y solucionar problemas de salud complejos, tanto a la población sana como enferma, (individuo, familia y grupos de la comunidad). A tal fin, utilizará un enfoque familiar comunitario, intersectorial e interdisciplinario para mejorar la calidad de vida y el bienestar de las personas, allí donde quiera que vivan, crezcan y se desarrollen.
Materias del Programa de Formación.
1. Marco Teórico y Conceptual de Enfermería de Salud Familiar y Comunitaria.
2. Administración y Gestión de los Servicios de Enfermería Familiar y Comunitaria.
3. Demografía y Epidemiología.
4. Investigación de Enfermería de Salud Familiar y Comunitaria I y II.
5. Educación para la Salud.
6. Legislación en Salud Familiar y Comunitaria.
7. Bioética.
8. Atención de Enfermería a la Familia y Comunidad I y II.
9. Ciencias Sociales.
10. Antropología de la Salud.
11. Medio Ambiente y Salud.
Las materias comunes para todas las especialidades seran:
Nuevas tecnologías de la información e
Inglés aplicado.
La formación práctica se deberá llevar a cabo:
En Centros de Atención Primaria de Salud:
Que cuenten con servicios sustentados en Programas de Salud y/o Guías de Prácticas Clínica que tengan contenidos de promoción de la salud, de prevención de la enfermedad y de atención específica a grupos vulnerables o de alto riesgo.
Cada uno de los Programas y Guías de Práctica Clínica deberá incluir la atención organizada en equipos interdisciplinares de salud, donde la enfermera sea la responsable de la planificación y desarrollo de los cuidados a las personas, familias y comunidad, tanto en el centro como en el domicilio o en la comunidad.
También deberá existir una enfermera responsable de los Servicios de Enfermería de Salud Familiar y Comunitaria
En Unidades de Apoyo de Matronas, Fisioterapeutas, Salud Bucodental y Trabajo Social con programas de prevención y atención a pacientes con problemas de salud de larga duración y/o programas de educación para la salud, donde esté contemplado la necesidad de la intervención de Enfermería para dar continuidad a los cuidados.
En Servicios de Urgencia de Atención Primaria y/o Atención Especializada.
Las prácticas se podrán completar con rotaciones en Centros Educativos, Centros de Día, Servicios de Salud y otros lugares de la Comunidad donde se desarrollen competencias de trabajo de la enfermera de Salud Familiar y Comunitaria.
Los diferentes trabajos de Campo se llevarán a cabo en grupos de población específica, adscrita a los centros de salud, con la tutoría de uno de los profesores.
Las materias específicas que serán impartidas exclusivamente por enfermeros especialistas en Salud Familiar y Comunitaria seran:
- Teoría y metodología en Enfermería.
- Administración y Gestión de los servicios de Enfermería Familiar y Comunitaria.
- Investigación de Enfermería de Salud Familiar y Comunitaria I y II.
- Atención de Enfermería a la familia y comunidad I y II.
- Educación para la Salud.
Requisitos específicos que deben reunir las unidades docentes para su acreditación:
Centros de Atención Primaria de Salud
Deberán contar con Programas de Salud y/ Guías de Práctica Clínica, en los cuales se recoja la atención de Enfermería y la actuación correspondiente, dentro del equipo interdisciplinar, dirigidos a los siguientes grupos de población: infantil y escolar, adolescente, mujer, adulto, anciano, persona inmovilizada, enfermo terminal, cuidadores informales y grupos de alto riesgo.
SITUACIÓN ACTUAL
Los acuerdos más relevantes adoptados hasta ahora han sido:
1.- Los requisitos específicos de acreditación de las Unidades Docentes y los Programas Formativos fueron aprobados el pasado mes de marzo de 2002, por el Comité Asesor de Especialidades de Enfermería. Emitiendo su informe favorable el Ministerio de Sanidad y Consumo e iniciando los trámites necesarios para su información a las Comunidades Autónomas, antes de su aprobación definitiva por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
2.- Las principales modificaciones propuestas hasta agosto de 2002, incluidas en el borrador del nuevo Real Decreto, son las siguientes:
- Incluir en el Artículo 1º que "… el título será obligatorio para ejercer la profesión con carácter de Especialista y para ocupar los puestos con esa denominación en centros públicos y privados".
- Respecto al catálogo se propone el desarrollo de las Especialidades de Enfermería de Salud Familiar y Comunitaria, Infancia y Adolescencia, Clínica Avanzada, Geriátrica y Gerontológica, Gestión y Administración y Trabajo y Salud Laboral.
- Se proponen dos tipos de áreas de capacitación, una específica cuya posibilidad ya existía en el R. D. 992/1987, y se crea otro modelo posible de área de capacitación común a varias especialidades, a la que se podrá acceder una vez se tenga un título de especialista.
- Se especifica que las Comisiones de Docencia sean las únicas responsables de la organización de la formación. Donde ya estén creadas para otras especialidades, por ejemplo las de MIR, se incorporaría las de Enfermería. Si no existiesen Comisiones de Docencia se deberán crear para la formación EIR.
- Se propone que el Consejo Nacional de Especialidades de Enfermería se pueda formar a partir de haberse desarrollado cuatro especialidades de Enfermería.
- En las disposiciones transitorias, sea cual sea la vía de acceso, se incluye al final una prueba para obtener el título de Especialista. No limitándose las veces para solicitar una misma especialidad, ni el número de especialidades a las que se pueda acceder.
En septiembre de 2002, se ha celebrado la primera reunión entre representantes de la Organización Colegial de Enfermería y la nueva Ministra de Sanidad. En dicha reunión la Ministra se comprometió a seguir con el proceso iniciado para el desarrollo de las Especialidades de Enfermería. También en su comparecencia en el Congreso de los Diputados, la Ministra hizo referencia a que dentro de los objetivos del Ministerio está seguir con la revisión profunda de la formación de Enfermería.
En octubre de 2002, el Subsecretario de Sanidad da el visto bueno para que la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Sanidad y Consumo dé instrucciones a la Secretaria General Técnica para seguir con la elaboración y tramitación del nuevo Real Decreto de Especialidades.
En la actualidad existe una incertidumbre tanto por parte del Ministerio de Sanidad como del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, no teniendo claro en que punto nos encontramos.
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